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DERECHO MINERO

ABOGADOS EN MINAS

El grupo de especialistas en Derecho minero de CONSULTORES COLOMBIANOS cuentan con una amplia experiencia en las diferentes ramas del Derecho que afectan a la actividad minera, tales como la administrativa, medioambiental, fiscal o la de financiación de proyectos, además de la mercantil, en lo que respecta a la compraventa de empresas y activos mineros.


Este equipo de especialistas presta asesoramiento a empresas nacionales e internacionales en todas las cuestiones relacionadas con el negocio minero, tales como:

 

  • La tramitación de permisos de investigación y exploración, autorizaciones y concesiones de explotación, evaluaciones de impacto ambiental, etc.    

  • La defensa de derechos mineros frente a modificaciones de instrumentos de planeamiento urbanístico o territorial.  

  •   El cierre y restauración de espacios mineros.   

  •  La elaboración de informes y dictámenes jurídicos relacionados con cuestiones mineras.  

  •   La adquisición, fusión y reestructuración de empresas y grupos de empresas con participación o intereses en el negocio minero.   

  •  La compraventa de activos mineros y la transmisión de derechos mineros, con asesoramiento en la negociación, redacción y firma de los correspondientes documentos contractuales, incluyendo earn-in arrangements.   

  •  La constitución de joint ventures para proyectos mineros.  

  •   La planificación fiscal en la compraventa y transmisión de empresas y activos vinculados con el sector minero.   

  •  La financiación de proyectos mineros, tanto desde el punto de vista del promotor como del financiador.   

  •  La elaboración de auditorías legales de activos mineros.   

  •  La defensa en procedimientos civiles, administrativos, contencioso-administrativos y penales vinculados con cuestiones mineras, medioambientales y de ordenación del territorio.

La experiencia con que cuenta el equipo de abogados especializados en Derecho minero de CONSULTORES COLOMBIANOS les permite asesorar tanto a compradores como a vendedores, a promotores y a financiadores, en todo tipo de operaciones vinculadas con este sector, aportando a sus clientes una visión completa de la actividad minera y de las necesidades legales que en cada momento les puedan requerir, en función del tipo de operación y de la posición negocial, contractual o frente a la administración o terceros en la que se encuentren.

LA ASESORIA LEGAL AL SECTOR MINERO

 

El Estado para extraer directa o indirectamente la riqueza mineral [entendiéndose por riqueza mineral para este escrito minerales y recursos energéticos como petróleo y gas], para lograr dicha extracción nuestro Estado expide un conjunto de normas jurídicas y técnicas a través de sus órganos técnicos que regulan de manera específica esta materia lo que conforma nuestro Derecho Minero o Derecho de las Minas.


Que consagra cuatro elementos que conforman lo anteriormente expresado:


Normas de índole jurídica y técnica: en este aspecto debemos recalcar el carácter multidisciplinario de esta rama del Derecho, porque no solo es el profesional el Derecho quien la enriquece, sino profesiones afines como la geología, la ingeniería de minas, ambiental, civil entre otras.


Emitidas por el Estado a través de sus órganos técnicos: Si bien el principio Constitucional de la potestad general del legislador y de la clausula general del Congreso de la República para expedir las Leyes en Colombia, ello no riñe para afirmar que en esta rama del Derecho, sus principales avances son emitidos por Decretos Reglamentarios o por documentos técnicos de entidades públicas como son el Ministerio de Minas, Ingeominas, Unidad de Planeación Minero Energética [UPME], Departamento Nacional de Planeación [DNP], Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH- [para el caso del petróleo] entre otras, por ello la fuente normativa es proferida no solo por el Congreso de la República, aunque las normas marcos sobre las cuales el ejecutivo ejerce su potestad reglamentaria, si fue expedida por el Legislador.


Riqueza del Suelo y del Subsuelo: En nuestro sistema jurídico el propietario particular de un inmueble (terreno) lo es del suelo, en principio, si el mismo no contiene riqueza mineral y el subsuelo y/o su riqueza es de propiedad única del Estado Colombiano, por ello, como titular único es quien puede disponer de las riquezas aquí un particular que encuentre petróleo o un mineral en el subsuelo que se ubica debajo de su propiedad privada no se convierte en millonario, ni firma directamente un contrato de explotación del recurso, porque la propiedad del subsuelo está radicada en cabeza del Estado Colombiano, salvo algunas excepciones contadas en el tema de minería de oro en Antioquia y que rige en virtud de derechos adquiridos en la época feudal colombiana.


Extracción Directa o Indirecta del recurso: La extracción directa del recurso se presenta cuando el Estado es directamente empresario y a través de empresas industriales y comerciales de propiedad estatal se dedica a las actividades de extracción y comercialización de minerales, como ocurría con las extintas [hoy en liquidación] empresas como CARBOCOL Y MINERCOL, es decir que hay inversión pública y privada realizado las actividades en una franca competencia con la reglas del mercado es el conocido modelo dominal de acceder a la propiedad minera; de manera indirecta se presenta cuando el Estado no interviene en ninguna de las fases de la industria minera y solo se dedica a regular un marco normativo [sin interferir en las reglas del mercado] para concederle solo a los particulares el derecho de extraer el mineral sin que el interfiera, es el conocido modelo regalista de acceder a la propiedad minera.


El actual Derecho Minero Colombiano ha presentado un avance importante en los últimos años y en especial luego de la expedición de la Ley 685 de 2001, [actual código de minas que supero el Decreto 2655 de 1988] que estableció un conjunto sistemático de normas ordenadas en un mismo cuerpo normativo, de la misma manera aglutino unos principios de interpretación o principialistica, regulo nuevamente la función social de la propiedad minera en concordancia con la Constitución Política de Colombia, los derechos económicos derivados por la extracción del recurso y sus nuevas formas, el tema de servidumbres mineras, amparos administrativos, títulos mineros en la legislación vigente, fases de la industria minera, aspectos ambientales entre otros aspectos relevantes.


Nuestros servicios legales y la correspondiente asesoría tendrían el siguiente alcance para cumplir la labor encomendada:

a) Atención permanente y personalizada de todas las consultas y requerimientos referentes al campo del Derecho de Minas que pueda requerir la entidad, en el desarrollo y cumplimiento de sus actividades empresariales y sociales, mediante respuesta escrita, oportuna y debidamente fundamentada.

b) Adelantar las investigaciones legales y normativas que requiera la entidad ante las diferentes instituciones del orden público y privado, en orden de resolver sus inquietudes y consultas.

c) Representar a la entidad en las Audiencias de Conciliación que se surtan ante el Ministerio de la Protección Social y otras autoridades del orden laboral.

d) Asesorar y brindar un adecuado acompañamiento en los procesos disciplinarios, tales como diligencias de descargos a los trabajadores, redacción de cuestionarios, cartas de sanciones, cartas de terminación de contratos, etc.

e) Atención en general de todo requerimiento del orden juridico laboral que no requiera actuación ante los estrados judiciales.

f) Presentación de informes mensuales sobre las actuaciones adelantadas, el avance y desarrollo de los temas encomendados y un record estadístico sobre la oportunidad y capacidad de respuesta de nuestra firma.

g) Actualización permanente por correo electrónico de todas las reformas legales, fallos jurisprudenciales y avances de la doctrina en temas del Derecho Laboral.

h) Coordinación de reuniones quincenales en las instalaciones de la entidad, para evacuar temas, revisión de documentos y resolver consultas personalmente.

 

DERECHO ENERGETICO

Tambien asesoramos a Corporaciones en temas de Energía Eléctrica (Actividades, producción, transporte, distribución y comercialización , garantía de Suministro y la Producción de Electricidad)  y  en temas  de Hidrocarburos ( Exploración, Investigación y Explotación-Ordenación del Mercado de los productos derivados del petróleo y la Garantía de Suministro, Ordenación del Suministro de Gases combustibles por canalización, regasificación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de combustibles gaseosos).


Nos hemos especializado en asesorar a clientes que desarrollan actividades en las industrias extractivas, para lo cual contamos con una experticia integral en los asuntos regulatorios, contractuales, ambientales y tributarios propios de tales industrias y de cada una de las etapas de exploración, producción, transporte, refinación, distribución,comercialización y exportación.


Contratos de exploración y producción


Brindamos asesoría en participación en rondas de asignación de bloques petroleros, desarrollo de contratos con la ANH, negociación de acuerdos de operación conjunta y otros relacionados con actividades de exploración y producción.
 

Acceso a infraestructura de transporte


Prestamos asesoría respecto al marco regulatorio del transporte por oleoductos, conexión a infraestructura, contratos de transporte, de colaboración, y otros afines que tengan por objetivo el transporte de hidrocarburos.


 Comercialización


Ofrecemos asesoría en contratos y relaciones jurídicas que tengan por objeto la comercialización de crudos a nivel nacional e internacional.



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